Los Dominicos llegaron
a Baeza cuando, en justa reconquista, ganó a los moros la ciudad el Santo rey
Don Fernando quien puso en ella por obispo a Fray Domingo de Soria, de la Orden
de Predicadores
El convento de Santo
Domingo se fundó institucionalmente en 1529 por el P. Domingo de Valtanás
Mexía. El 22 de septiembre de ese año se abrieron los cimientos, poniéndose la
primera piedra el 8 de octubre; el 15 de febrero de 1531 pudo ser habitado. El
sitio en que se erigió era un huerto y tejar, propiedad de Don Alonso Rodríguez
y de su mujer Dña. Teresa de Navarrete. El suntuoso edificio fue destruido por
los franceses al invadir Baeza, convirtiéndolo en Cuartel y Cárcel.
El Padre Francisco Torres también nos dice que este convento fue fundado en tiempos de Carlos V por su terorero, D. Alfonso de Baeza, estando su escudo de armas adornando la sacristía del convento.
D. Alfonso de Baeza procuró al Convento de 85 fanegas de trigo cada año para su sustento.
El Padre Francisco Torres también nos dice que este convento fue fundado en tiempos de Carlos V por su terorero, D. Alfonso de Baeza, estando su escudo de armas adornando la sacristía del convento.
D. Alfonso de Baeza procuró al Convento de 85 fanegas de trigo cada año para su sustento.
El convento de Santo
Domingo, fundado en 1529 en el Ejido, apareció desde el primer momento en la
ciudad arrastrando el peso específico que la Orden tenía en la Iglesia y en el
Tribunal de la Inquisición.
Su convento era
paralelo a su poder, un convento parecido a un alcázar, según acusaba el
reformador trinitario San Juan Bautista de la Concepción, de piedra, fuerte y
majestuoso.
Efectivamente, en elcontrato
que el convento estableció para unas obras con un cantero local se aprecia que
era la piedra lo que predominaba. Por dicho contrato el cantero “se obligaba y obligo
que por su persona y la demás gente del ramo, con piedra franca y el material
que fuese necessario hará y fabricara una bobeda en la bodega de la cassa y
conbento del Señor Santo Domingo de la dicha ciudad, del largo y ancho y en la
forma y por el prezio y con las condiciones y declaraciones siguientes: Lo
primero es condicion que la dicha bobeda a de ser escarzana, con una bara de
punto y a de ser toda echa de piedra franca de quarta de techo y terzia por dobela,
sin rozas ni desportones, sentada con cal y arena mezcladas por este orden y a
tres espuertas de cal y dos de arena, bien sentada y reavivada, y los salmeres
an de yr sentados, y donde vinieren ventanas a de hazer de sus lunetas y
embocinados todo de la dicha piedra, labrado lo uno y lo otro, bien rebocado y
entechado, y en cuanto este echa y acabada la dicha obra la tiene de ir
enrrasando de tierra abrazada como tapiar, y labrar aziendo los carcañones a
pisson hasta enrrasar, con el trasdos de la dicha bobeda, y en la puerta de la
bodega a de hacer un arco de bara guardando la puerta de la bodega y gueco de
la entrada, la qual dicha bobeda a de asentar los salmeros en la altura que le
fuese ordenado por el padre prior y frayles del
dicho convento, y de
alli asin a continuacion la dicha obra.
Fuentes:
LA ESTEREOTOMÍA EN LOS
CONTRATOS DE OBRAS DE LOS CONVENTOS BAEZANOS Dra. M. CRUZ GARCÍA TORRALBO
Baeza Patrimonio de la
Humanidad. Juan Cruz Cruz
Historia de Baeza. P. Francisco Torres
Historia de Baeza. P. Francisco Torres
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