viernes, 17 de junio de 2016

CONVENTO DESAPARECIDO SANTO DOMINGO DE BAEZA

An. ms. en port.: "autor damnatus Corvinus caute lege", "corregio este libro conforme al expurgatorio del anno de 1640 i lo firme en Santo Domingo de Baeça en 11 de noviembre del mismo ano, Fr. Pablo de la Serna". An. ms. "Prohibitus" en p. 235 y p. 261. Autor Fray Pablo de la Serna. Fecha 11/11/1640




Los Dominicos llegaron a Baeza cuando, en justa reconquista, ganó a los moros la ciudad el Santo rey Don Fernando quien puso en ella por obispo a Fray Domingo de Soria, de la Orden de Predicadores

El convento de Santo Domingo se fundó institucionalmente en 1529 por el P. Domingo de Valtanás Mexía. El 22 de septiembre de ese año se abrieron los cimientos, poniéndose la primera piedra el 8 de octubre; el 15 de febrero de 1531 pudo ser habitado. El sitio en que se erigió era un huerto y tejar, propiedad de Don Alonso Rodríguez y de su mujer Dña. Teresa de Navarrete. El suntuoso edificio fue destruido por los franceses al invadir Baeza, convirtiéndolo en Cuartel y Cárcel.

El Padre Francisco Torres también nos dice que este convento fue fundado en tiempos de Carlos V por su terorero, D. Alfonso de Baeza, estando su escudo de armas adornando la sacristía del convento.

D. Alfonso de Baeza procuró al Convento de 85 fanegas de trigo cada año para su sustento.




El convento de Santo Domingo, fundado en 1529 en el Ejido, apareció desde el primer momento en la ciudad arrastrando el peso específico que la Orden tenía en la Iglesia y en el Tribunal de la Inquisición.

Su convento era paralelo a su poder, un convento parecido a un alcázar, según acusaba el reformador trinitario San Juan Bautista de la Concepción, de piedra, fuerte y majestuoso.




Efectivamente, en elcontrato que el convento estableció para unas obras con un cantero local se aprecia que era la piedra lo que predominaba. Por dicho contrato el cantero “se obligaba y obligo que por su persona y la demás gente del ramo, con piedra franca y el material que fuese necessario hará y fabricara una bobeda en la bodega de la cassa y conbento del Señor Santo Domingo de la dicha ciudad, del largo y ancho y en la forma y por el prezio y con las condiciones y declaraciones siguientes: Lo primero es condicion que la dicha bobeda a de ser escarzana, con una bara de punto y a de ser toda echa de piedra franca de quarta de techo y terzia por dobela, sin rozas ni desportones, sentada con cal y arena mezcladas por este orden y a tres espuertas de cal y dos de arena, bien sentada y reavivada, y los salmeres an de yr sentados, y donde vinieren ventanas a de hazer de sus lunetas y embocinados todo de la dicha piedra, labrado lo uno y lo otro, bien rebocado y entechado, y en cuanto este echa y acabada la dicha obra la tiene de ir enrrasando de tierra abrazada como tapiar, y labrar aziendo los carcañones a pisson hasta enrrasar, con el trasdos de la dicha bobeda, y en la puerta de la bodega a de hacer un arco de bara guardando la puerta de la bodega y gueco de la entrada, la qual dicha bobeda a de asentar los salmeros en la altura que le fuese ordenado por el padre prior y frayles del
dicho convento, y de alli asin a continuacion la dicha obra.






Fuentes:

LA ESTEREOTOMÍA EN LOS CONTRATOS DE OBRAS DE LOS CONVENTOS BAEZANOS Dra. M. CRUZ GARCÍA TORRALBO

Baeza Patrimonio de la Humanidad. Juan Cruz Cruz

Historia de Baeza. P. Francisco Torres


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