martes, 18 de julio de 2017

CARTA ENVIADA POR ENRIQUE IV E ISABEL CONJUNTAMENTE A BAEZA




El siguiente artículo está basado en una Tesis Doctoral realizado por la Directora D. Maria Isabel del Val Valdivieso “La propaganda política en torno al conflicto sucesorio de Enrique IV (1457-1474) de 2004.

María Isabel de Val Valdivieso, es catedrática de Historia Medieval en la Facultad de Filosofía y Letras de la Universidad de Valladolid.

Dicha tesis tiene un total de 459 páginas cuyo contenido es tremendamente interesante.

Aunque toda su tesis merece toda nuestra atención, yo en este caso me gustaría centrarme sólo en lo relativo a la Ciudad de Baeza.

En el conflicto social en la época de Enrique IV, desde 1458 hasta 1468 había varios tipos de conflicto: anti converso, lucha partidista de la nobleza, etc.., pero tras la ruptura del pacto de Guisando y la estabilización y fortalecimiento de la causa isabelina respaldada por la Corona de Aragón, aumenta evidentemente la rebelión de carácter antiseñorialización.

En esta tesis se aporta una tabla en el que se aportan años de conflicto en torno a las ciudades en el reinado de Enrique IV, siendo Baeza la primera de la lista:





Enrique IV emprendió un viaje por Andalucía con el fin de pacificar esta zona, que no sólo se le había sublevado sino además se encontraba agitada por enfrentamientos nobiliarios en los primeros meses de 1469, como lo expresan las cartas que escribe desde Córdoba a su reino.

Andalucía es donde ya habían surgido opulentas casas nobiliarias, fortalecidas por la propiedad del comercio sevillano, destacando ante ellas los Medinasidonia, Los Medinaceli y los condes de Arcos de la Frontera, pero las opniones estaban divididas. Algunas ciudades y villas habían prestado obediencia al rey, como es el caso de Baeza, que su gobernador, Alonso Téllez Girón, estaba muy unida al maestre de Santiago, y reconoce casi inmediatamente a Enrique como su rey y señor. Pero la mayoría de la región sigue sin reconocer a Enrique.

El viaje por Andalucía se repitió en abril de 1472 y acabó fracasando.

Cuatro años de conflicto habían transcurrido ya en 1468. En la conciencia de los contendientes se apreciaban síntomas bastante claros de un restablecimiento parcial de las fuerzas que apoyaban al monarca, pero suponer que Enrique IV se hallase en posición de dominar la revuelta era ilusorio y a la muerte del príncipe Alfonso se abre una etapa de negociación. Para los principales linajes de la nobleza la situación bélica imponía sacrificios, dificultades e incluso discordias íntimas cada vez más profundas. La mayoría de esta capa social dominante del país deseaba la paz.


El arzobispo de Toledo, el maestre de Santiago y los demás grandes pasan a ponerse de parte del partido isabelino en el pacto de los Toros de Guisando el 18 de septiembre de 1468. La noticia del reconocimiento del derecho sucesorio de Isabel en el pacto de Guisando es enviada a todo el reino (AHN., Frías, 16/21, 16/9. Se lo lee a la iglesia de San Gabriel de Baeza en el 15 de septiembre de 1468. “ De lo cual todo a mi ficieron juramento y pleito y homenaje publica solemnemente y yo movido por el bien de la dicha paz y sosiego union de los dichos mis reinos y por evitar toda materia de escandalo y divicion dello por el grado deudo amor que siempre ove tengo con la dicha princesa mi hermana por que ella esta tal edad que mediante la gracia de Dios puede luego casar y aver generacion en manera que estos dichos mis reinos no queden si haber en ellos legitimos sucesores de nuestro linaje determine de la recibir y tomar y recibir y tome por princesa y mi proxima heredera e sucesora de estos dichos mis reinos y senorios”.

Señala después que Isabel se ha sometido a él y se la ha jurado como su heredera; que todo el antiguo bando alfonsino le ha reconocido como rey legítimo, y ruega a todos aquellos que están sublevados que vuelvan a su servicio, devolviendo todas las villas y lugares ocupados, señalando un plazo de quince días para los habitantes de Castilla y de treinta para las de Andalucía y Murcia. Como efecto de esta carta algunos grandes volvieron a prestar obediencia al rey, pero todavía son muchos los que persisten en su rebeldía, sobre todo en la región andaluza, donde Enrique tendrá que acudir, más adelante, personalmente para pacificarla. Podemos decir aquí que aún después de los Toros de Guisando se incuba la propaganda anti Enrique y hay tendencia de alzar y utilizar a Isabel como la legítima representante del trono.



El 25 de septiembre Enrique IV e Isabel escriben una carta conjunta dirigida a Baeza


AHN, Frias 16/21. “En la muy noble y muy leal y antigua ciudad de Baeza sabado quince dias del mes de octubre anno… de mil quatrocientos sesenta y ocho. Este dicho dia a hora podia ser de visperas poco mas o menos estando en la Iglesia de San Gabriel de la dicha ciudad ayuntados a cabildo segun era que lo habian de uso y costumbre en honrrado concejo el gobernador Alfonso Tellez Giron corregidor y justicia mayor desta dicha tierra y de los regidores de la dicha ciudad, los mucho honrados Juan de Benavides e Diego Sanchez de Quesada e Pedro de Biedma e Rodrigo de Mendoza y Juan de Davalos y Martin de Tozar y Garcia Bravo y Fernando de la Rama y Gomez de Molina y Jorge Ceron y Diego Sanchez de Avila en presencia de mi Juan criado escribano de consejo de dicha ciudad parecio y presente Diego de Leon regidor de la ciudad de Jaen y mostro y presento por mi el dicho escribano leer hizo dos cartas del rey nuestro senor escritas en papel y firmada la una de su nombre y de nombre de la muy ilustre senora princesa y abajo de cada firma de los dichos nombres los sellos de su alteza de cada uno dellos y la otra carta firmada de nombre de dicho senor rey y sellada con su sello en seda colorada de espaldas el tenor de las quales dichas cartas uno en pos de otro este que sigue: Don Enrique… al concejo alcaldes alguaciles regidores cavalleros y escuderos y oficiales hombres buenos de ciudad de Baeza. Salud y gracia bien Sabedes las diviciones y movimientos y escandalos acaecidos en estos mis reinos de cuatro annos a esta parte e los muy grandes intolerables males y danos que de ello se han seguido todos mis subditos y naturales y universalmente a toda la cosa publica de mis reinos y como quiera en estos tienpos pasados yo siempre e deseado e trabajado e procurado de los atajar y quitar y dar paz y sosiego de estos dichos reinos no se podido dar en ello asiento ni conclusión hasta ahora que por la gracias de Dios muy ilustre princesa dona Isabel mi muy cara y muy amada hermana se vino a ver conmigo cerca de la villa de Cadalhalso donde yo estaba aposentado donde fueron ayuntados con nosotros los muy reverendos y muy cristianos padres don Alfonso Carrillo arzobispo de Toledo primado de la Espanas y chanciller mayor de Castilla don Alfonso de Fonseca, obispo de Sevilla y don Juan Pacheco maestre de caballeria Santiago y don Alonso de Estúniga conde de Plasencia mi justicia mayor los conde de Benavente de Miranda y Osorio y adelantado mayor de Castilla. Y los reverendos padres obispos de Burgos y de Coria Gomez Manrique su hermano todos de mi concejo en las cuales dichas vistas estando ende presente reverendo padre don Antonio de Veneris obispo de Leon legado de nuestro muy Santo Padre dicha princesa mi hermana me reconocio por su rey senor natural de todos estos reinos y sennorios y me otrogo e hizo la obediencia que me debia y me prometio y juro de me aver y tener y obedecer y servir y seguir en todos dias de mi vida como a su rey y senor natural asi mismo los dichos arzobispo de Toledo maestre de Santiago y conde de Osorio y adelantado y los dichos obispos de Burgos y Coria y Gomez Manrique y cada uno dellos me reconocieron por su rey sennor natural y me otorgaron y hicieron dicha obidencia y reverencia y prometieron de me tener y obedecer por su rey y sennor natural todos los dias de mi vida. Y non otra persona alguna y de servirme y segun bien y leal verdaderamente como buenos y leales vasallos y subditos naturales mios. De lo cual todo a mi ficieron juramento y pleito y homenaje publica solemnemente y yo movido por el bien de la dicha paz y sosiego union de los dichos mis reinos y por evitar toda materia de escandalo y divicion dello por el grand deudo amor que siempre ove tengo con la dicha princesa mi hermana por que ella esta en tal edad que mediante la gracia de Dios puede luego casar y aver generacion en manera que estos dichos mis reinos no queden sin haber en ellos legitimos sucesores de nuestro linaje determine de la recibir y tomar y recibir y tome por princesa y mi proxima heredera e sucesora de estos dichos mis reinos y senorios por tal la jure y nombre e intitule e mande que fuese recibida y nombrada y jurada por los sobredichos prelados y grandes y cavalleros que ende estaban en por todos los otros de mis reinos y por los procuradores de la ciudades y villas dellos por princesa mi proxima heredera destos mis dichos reino por reina senora dellos para despues de mis dias. El cual dicho juramento hicieron los dichos prelados y grandes y caballeros asi ende estaban para lo qual todo dicho legado por la autoridad de Santa Sede Apostolica relajo todos e cualesquier juramentos que en contrario de esto sobre la dicha sucesion sobre las otras cosas susodichas esto viesen fechos por qualesquier prelados y grandes e ciudades e villa e otras cualesquier personas destos mis reinos e señorios en qualquier manera dispensando sobre todo ello plenariamente interponiendo ello su autoridad y decreto: luego yo me volvi a la dicha villa de Cadahalso y conmigo la dicha mi princesa mi hermana y dicho maestre de Santiago y los otros prelados y grandes que conmigo estaban lo qual todo acorde de vos notificar por que es razon que los sepades dedes muchos loores y gracias a nuestro senor que asi le plugo de poner estos reinos en union en toda paz y concordia porque vos mando que acatando la lealtad e fidelidad me debedes como a vuestro rey y senor natural y luego vos redusades a mi obediencia y servicio y me reconoscades e juredes vuestro rey y senor natural y por cuanto yo a suplicacion de dicha princesa mi hermana con acuerdo de los dichos prelados y grandes que conmigo estaba mande dar mis cartas en que se contiene que remito y perdono a todos y qualesquier prelados y canonigos y personas que han estado fuera de mi obediencia todos los crimenes y delitos pasados viniendo ellos al dicho mi servicio mi obediencia y entregandome y haciendome entregar todas las ciudades y villas y lugares y fortalezas me tiene ocupadas o por su causa con su favor y ayuda me estan rivaladas lo de allende los puertos dentro de quince dias primeros siguientes y los de Andalucia y reino de Murcia dentro de treinta dias lo cual les mando que asi hagan y cumplan dentro de los dichos terminos sopena de la carcel por ello en mal caso e de perdimiento de todos sus bienes y vasallos y villas y lugares y heredamientos y oficios y mercedes y mrs que en mis libros tienen e que todo ello haciendo ellos lo contrario por eso mismo fecho sea confiscado e aplicado para la mi camara y fisco los quales dichas mis cartas por mi mandado han sido y son pregonadas e publicadas e fijas en lugar publico en la dicha mi corte y por ende vosotros haciendolo dentro del dicho termino yo por esta carta remito y perdono a esa dicha ciudad y grandes, ciudadanos(?) otras cualesquier personas vecinos y moradores della cada uno de vos y dellos todos los crimenes y delitos pasado del caso mayor al menos inclusive otrosi vos mando que luego vista esta mi carta juntos en vuestro cabildo segun que lo avedes de uso y de costumbres juredes a la dicha princesa muy hermana por princesa e mi proxima heredera y sucesora en estos dichos mis reinos y sennorios en la forma suso contenida; y los unos ni los otros no fagades ende al por alguna manera sopena de la mi merced y de cuerpos ello en marcas y de perder todas vuestras villas y lugares y vasallos y fortarezas y heredamientos y bienes y oficios y todos y cualesquier mrs que en cualquier manera en mis libros tenedes lo qual todo vosotros lo contrario haciendo yo por el mismo hecho desde ahora para entonces confisco aplico y he por confiscado y aplicado para la mi camara y fisco sin otra sentencia ni declaracion alguna y de mas por cualquier o qualesquier de vos por que enfincare de lo asi hacer y cumplir mando al hombre que esta dicha mi carta mostrare que os enplace que parezcades ante mi en mi corte doquier yo sea el consejo por vuestro procurador y los cavalleros y oficiales y otras personas singulares personalmente desde el dia que vos enplazare hasta quince dias primeros siguientes so la dicha pena a cada uno so la cual mando a qualquier escribano publico que para esto fuera llamado quede ende al que vos la mostrare testimonio signado con su signo por que yo sepa en como se cumple mi mandado. E yo la dicha princesa dona isabel proxima heredera sucesora en estos dichos reinos y sennorios de Castilla y de Leon para despues de los dias del muy alto e muy poderoso rey mi sennor y hermano vos ruego e mando que por servicio de dicho sennor rey e mio vosotros fagades e cumplades e pongades luego en obra todo lo que su alteza por esta carta vos envia mandar certificandovos que en ello me hareis agradable placer y de lo contrario gran enojo y sentimientos y dare todo favor y ayuda para ejecutar en las personas e bienes las penas en que por ello incurrieredes; dada en la villa de Casarrubios a veintecinco dias del mes de septiembre anno… 1468.
Don Enrique al consejo justicia regidores cavalleros escuderos oficiales hombres buenos de ciudad de Baeza salud y gracia. Sepades que por otra mi carta firmada de mi nombre y de nombre de la muy ilustre princesa dona Isabel mi muy cara y muy amada hermana e sellada con nuestros sellos vos enviamos


Enrique tiene en los primeros momentos gran interés en que esta situación se formalice en todo el reino. Es interesante advertir también en estas cartas la importancia que cobra Pacheco delante de Enrique, ocupando desde este momento el primer lugar en el reino junto al rey, para que obedezcan las ordenes del maestre. De modo que estos requerimientos enviados por Enrique al reino surten pronto efecto, produciéndose la jura de Isabel como heredera. (Del Val Valdivieso, Ibid, p. 98, un ejemplo muy curioso es la jura en Baeza desde el 15 de octubre hasta el 17 de mismo mes. Juraron a Isabel llamándola Juana, especifican que es hermana del rey, luego no se refiere a su hija, en la iglesia de San Juan. La falta total de información existente en la época es absolutamente normal. Podemos saber aquí que Isabel es todavía una desconocida en el reino, ya que esta ciudad que incluso está de su parte, no conoce su nombre con exactitud llamándola Juana en lugar de Isabel.)



Fuentes y Texto:

Tesis Doctoral realizado por la Directora D. Maria Isabel del Val Valdivieso “La propaganda política en torno al conflicto sucesorio de Enrique IV (1457-1474) de 2004.

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